Si Pierdes el Vuelo (y II)

avion

El dí­a 22 de Mayo de 2006 publicábamos una noticia sobre la devolución de las tasas de aeropuerto si no usabas el billete de avión, pero haciendo búsquedas en Internet a petición de uno de nuestros lectores, he encontrar la confirmación que me ha hecho traer la noticia a la portada de nuevo. La información a la que me refiero se encuentra en la pagina web del Ministerio de Fomento, apartado «Compromiso de Servicio de las Compañí­as Aéreas con los Pasajeros», punto 7. «Agilizar el pago de los reembolsos» y dice así­:

«b. Todas las exacciones, tasas e impuestos cobrados con la tarifa e indicados en el billete serán reembolsados cuando el billete no sea utilizado. Esto será de aplicación a billetes no reembolsables, y dicho reembolso se remitirá en los mismos plazos arriba indicados.»

Dicho queda… otra vez.

Imagen original en morguefile.com

4 Comments

  1. Querido You Meikmisic, si alguna noticia te parece interesante y quieres ‘darla a conocer’, pues claro que si.

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